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Un Estatuto anticonstitucional, totalitario, expansionista y fraudulento; es decir, un Golpe de Estado con los votos de una exigua mayoría, si se aprueba en el Congreso.

 

Artículos de opinión

 El análisis de El Mundo: Artículo a artículo

El análisis de ABC: La otra constitución

 

 

     "todo esto -refiriéndose al Estatuto- se planteo mas por razones tácticas que de fondo;  y así fue, por parte de todo el mundo; por parte de sus compañeros, en primer lugar; porque todo el mundo estaba seguro que el PP iba a ganar por mayoría absoluta; y claro, en segundo lugar vamos a hacer un estatuto, lo del PP nos dirán que no y nos echarán los perros y volveremos a Cataluña y diremos los del PP son muy malos, los del PP son muy malos, los del PP son muy malos" (Jorge Pujol, septiembre de 2005) [Pincha este enlace para oír al propio pujol]

     

Una burguesía y una clase política corruptas tratan de imponer en Cataluña y al resto de España un Estatuto que no solo abarca a los habitantes de Cataluña, sino que impone al resto de los españoles un nuevo modelo de convivencia y unas obligaciones más allá de la Constitución y del sentido común.

Comenzaremos por analizar las bases jurídicas del nuevo Estatuto, o Proyecto de Ley Orgánica que presenta el Parlamento de Cataluña. ¿Que significa "reformar"?; nada más ni nada menos que "cambiar algo en cierta cosa". Es decir que la cosa sufre modificaciones parciales pero no en el todo; para eso, si está facultada la Generalidad o el Parlamento de Cataluña a tenor de lo dispuesto en los artículos 56 y 57 del actual Estatuto de Cataluña.

    Artículo 56

    1. La reforma del Estatuto se ajustará siguiente procedimiento:

      a. La iniciativa de la reforma corresponderá al Consejo Ejecutivo o Gobierno de la Generalidad, al Parlamento de Cataluña a propuesta de una quinta parte de sus Diputados o a las Cortes Generales.

      b. La propuesta de reforma requerirá, en todo caso, la aprobación del Parlamento de Cataluña por mayoría de dos tercios, la aprobación de las Cortes Generales mediante Ley Orgánica y, finalmente, el referéndum positivo de los electores.

      ..............

    Artículo 57.

    No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, cuando la reforma tuviera por objeto la simple alteración de la organización de los poderes de la Generalidad y no afectará a las relaciones de la Comunidad Autónoma con el Estado,.....

     

Queda claro, que aunque se sigan los procedimientos, que si se han seguido, no existe una línea que legitime la elaboración de un nuevo Estatuto; no se trata pues de una reforma.

Dicho lo anterior, en relación con el origen, ha de señalarse que tanto la Generalidad y el Parlamento de Cataluña carecen de atribuciones para modificar la Constitución o las Leyes Orgánicas, como se pretende desde ese Proyecto de Ley elaborado y aprobado en el Parlamento de Cataluña; esa pretensión, es lisa y sencillamente GOLPISMO, a pesar de todos los retruécanos y  eufemismos -a los que nos tienen acostumbrados- que se escriban sobre el papel. Tiene toda la razón Aznar cuando señala: "Esta semana probablemente se den los pasos decisivos para un cambio de régimen, sin mandato ni consentimiento de nadie" (El País 27.9.22005) .

Este Proyecto de Ley, no se diferencia sustancialmente del Plan Ibarreche, rechazado por las Cortes Generales, salvo en algunos aspectos "amables", para intentar ocultar la verdadera realidad. Este "plan" va incluso más allá del de Ibarreche; en aquel, salvo reivindicaciones territoriales, no se impone a los demás modificaciones del status. En el de Ibarreche se plantea que ellos se irán y que el resto se lo guise como pueda. En el del Parlamento de Cataluña, auspiciado por Zapatero, se pretende organizar a todos los demás. En resumen este "planecito" del nazionalsocialismo catalán va incluso más alla del plan Ibarreche.

La extensión de las constituciones suele caracterizar a todos los regímenes totalitarios y, como no podía ser menos, esta constitución nazionalsocialista del catalanismo gobernante supera en articulado a las de Corea del Norte, China, Iran, Cuba, etc; es el fruto de la amalgama de premisas nazis y de la izquierda mas rancia y trasnochada que vaga sin rumbo desde la caída del muro de Berlín que puso en evidencia todas sus miserias y por las que sacrificaron a millones de individuos; eso si, todos ellos tocados de la barretina y con bastante inspiración en el extinto caudillo.

Sentemos en primer lugar, que la Constitución puede modificarse, por los procedimientos que en ella se establece y con la participación de TODOS los ciudadanos de España en ese proceso; ahora bien, una Constitución relativamente moderna como la de España que ha demostrado poder funcionar con partidos de derechas e izquierdas en su correspondiente turno, no precisa de excesivas modificaciones; no es un kleenes de usar y tirar a conveniencia de una parte.

Decimos bien claro, que antes de empezar a modificaciones estatutarias a go-go, es necesario una análisis y una reflexión de a donde hemos llegado y valorar aquello que ha funcionado bien y lo que no ha funcionado y replantearlo; está claro, por ejemplo, que en los desastres ecológicos las competencias autonómicas son insuficientes para abordarlos sin que puedan ser un peligro para los demás; lo que decimos, no significa que la competencia se les retire; ahora bien, ha de quedar claro que no puede ser absolutamente exclusiva y a partir de un momento dado, es el gobierno federal el que ha de hacerse cargo. Yendo lejos, para no suscitar ampollas sobre lo de aquí, vemos el modelo de gestión del huracán en Luisiana y las limitaciones del gobierno federal en su abordaje. En España esto no se ha explicado, especialmente de medios de la izquierda ya que la gestión local y de ese estado correspondía a los demócratas y había que demonizar a Bush.

Vamos a realizar un examen solo de algunos de los elementos más paradógicos o polémicos del Estatut, ya que su extensión impide una revisión pormenorizada; de otra parte, las referencias a artículos de diversas procedencias pueden aclara al lector algunos de los puntos.

 

Sobre el preámbulo:

El preámbulo pretende justificar todos los atropellos que a lo largo del texto constitucional se van a plantear. Para ello se trata de argumentar que Cataluña ha sido siempre una nación y que tienen unos derechos históricos que remontan a 1714; es decir, se hace referencia a unos derechos que les asisten desde la Edad Media. Se olvidan de que en España ha habido DOS constituciones previas a la de 1978; la de 1812 y 1931 que son aceptables como dos constituciones democráticas.

En relación con el derecho de "nación" que se predica, no aparece recogido en ambas Constituciones y es bien sabido en técnica jurídica que una Constitución democrática anula todas aquellas leyes y todos los privilegios no explicitados en ellas. La Constitución de 1931 -a la que se refieren cuando les conviene- dice taxativamente, en su artículo I, como se constituye la nación española:  " ...La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones ". Es decir, que si hubiese derechos históricos a socorrer de la alta Edad Media -como pretenden- estos están caducados,  anulados por una Constitución que nadie duda que fuese democrática.

Tampoco la generosa dádiva de los constitucionalistas en la Constitución de 1978 de reconocer a unos territorios como nacionalidades históricas, en base a que tenían un estatuto durante la República, para facilitarles el despeje rápido de la organización autonómica tampoco genera derechos de nación.

En consecuencia, si no existe derecho a la nación tampoco son planteables los tres grandes bloques del dislate: bilateralidad, bloqueo de competencias y financiación, amén de otras atribuciones que se toman de organizarse y organizarnos.

A la vista de lo anterior, los 10 puntos del preámbulo, que Maragall pretende meter en la cabeza de todos los niños catalanes desde la escuela constituyen un dislate y recuerdan -una vez más- al "invicto" caudillo Franco redivido por el nacionalismo; esa pretensión intructiva recuerda a la Formación del Espiritu Nacional (FEN)  del antiguo régimen.

 

El territorio de Cataluña:

Por ocultar, se oculta su carácter expansionista étnico futuro sobre otros territorios; así los límites territoriales de Cataluña se definen en:

    Articulo 9

    "El territorio de Cataluña es el que corresponde a los límites geográficos y administrativos de la Generalidad en el momento de entrada en vigor de este Estatuto"

¿Por qué esa indefinición?, cuando estaba suficientemente clara en el Estatuto de 1979:

    Artículo 2.

    El territorio de Cataluña como Comunidad Autónoma es el de las comarcas comprendidas en las provincias de Barcelona, Gerona, Lérida y Tarragona en el momento de promulgarse el presente Estatuto.  

¿Acaso ha sucedido un corrimiento telúrico que hace que los límites no puedan definirse en la actualidad?. ¿Acaso las provincias de Barcelona, Gerona, Lérida y Tarragona, han dejado de serlo?. ¿Consideran ya territorio de la Generalidad los "casales" con que han sembrado la Franja de Poniente de Aragón?. ¿Que se esconde realmente tras esa indefinición?.

No solo se invisten como nación, hurtando el artículo 2 de la Constitución; se arrogan la capacidad de declarar nación a otros territorios, como se señala en el preámbulo: "..reconocen a Arán como "

 

¿De quien emana los poderes de la Generalidad?

Decía el Estatuto que los poderes de la Generalidad emanaban de "...la Constitución, del presente Estatuto y del pueblo.". En el nuevo Estatuto -en consonancia con el espíritu soberanista, al igual que en Plan Ibarreche- pasan a emanar del "pueblo de Cataluña..."; se trata de hacer sujeto constituyente a los ciudadanos de Cataluña olvidando la Constitución en donde el sujeto constituyente es TODO el pueblo español.

 

Cataluña es una nación:

¿Que derechos históricos hay para tal aserto: NINGUNO; ya pueden ir al año de 1714 o al año 1 de la era cristiana; la única nación a la que Cataluña perteneció fue a la Corona de Aragón; ahora bien, esos antecedentes no la convierten en nación; toda alusión al Estatuto de 1931 y la pervivencia de la Generalidad -que tan fervorosamente señalan- no trastoca lo que allí se reconocía como región, tal como rezaba el artículo I de dicha Constitución; ergo -por muchas vueltas que le quieran dar los nazionalistas catalanes- Cataluña, a la luz de la Constitución de 1931 que tanto añoran algunos, era simple y llanamente UNA REGION.

 

La definición de un nuevo marco político territorial para Cataluña.

En los siguientes párrafos se define -nada más, ni nada menos- que un modelo confederal para Cataluña:

    ARTICULO 3. 1. Las relaciones de la Generalitat con el Estado se fundamentan en el principio de la lealtad institucional mutua y se rigen por el principio general según el cual la Generalitat es Estado, por el principio de autonomía, por el principio de plurinacionalidad del Estado y por el principio de bilateralidad, sin excluir el uso de mecanismos de participación multilateral.
    3. 2. Cataluña tiene en la Unión Europea su espacio político y geográfico de referencia e incorpora los valores, los principios y las obligaciones que se derivan del hecho de formar parte de la misma
    .

Y digo bien, una parte, al menos de momento, será confederal, ya que el término "federalismo" que utilizan es mentiroso, con el fin de engañar, no es otra cosa que el confederalismo; en el federalismo real no hay asimetrías; todos los estados federados tienen los mismos derechos. También es un engaño decir que España de facto no es federal ya que bajo el eufemismo del "Estado de las Autonomías"  existe un verdadero estado federal con dos excepciones, desde el punto de vista económico,: Euskadi y Navarra; ambas CCAA gozan de un régimen económico confederal.

 

La expulsión del castellano de la enseñanza y la administración.

El artículo 6.1 dice:

 

    La lengua propia de Cataluña es el catalán. Como tal, el catalán es la lengua de uso normal y preferente de todas las administraciones públicas y de los medios de comunicación públicos en Cataluña, y es también la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en la enseñanza.

     

Si con la norma Constitucional y el vigente Estatuto que garantizaba el derecho a la educación en español (castellano); con esta nueva fórmula los principios de la educación en la lengua materna que señala la UNESCO, se van a la cloaca.

Todos los funcionarios, excluidos hasta ahora los relacionados con la Justicia, pasan a tener la obligación de conocer con un buen nivel el catalán:


Ahora bien, no se quedan solo en eso; imponen al funcionario del estado de Cáceres -y a la autonomía de Castilla-León- que deba también conocer el catalán:


Artículo33.5.: Los ciudadanos de Cataluña tienen el derecho a relacionarse por escrito en catalán con los órganos constitucionales y con los órganos jurisdiccionales de ámbito estatal, de acuerdo con el procedimiento establecido por la legislación correspondiente. Estas instituciones deben atender y deben tramitar los escritos presentados en catalán, y no pueden exigir a la persona interesada la traducción al castellano.

 

Aquí se invaden los derechos de otros ciudadanos de España en Jaén o Pontevedra a tramitar con conocimiento adecuado -tras presentarse un documento en lengua que desconoce- aquellos expedientes que se tramiten mas allá donde el catalán es oficial, un verdadero ejercicio de prepotencia e imperialismo de los habituales en el nazionalismo catalán.

¿Qué supone esto desde el punto de vista económico?, una pleyade de traductores jurados a cargo de terceros: ¿Se reconoce la reciprocidad en relación con el castellano?; no está señalado de forma clara en el Estatuto; mas bien, todo lo contrario.

 

El blindaje de competencias:

No parece de sentido común proceder al blindaje de competencias, sobre todo cuando estamos en un proceso de la construcción de una estructura político económica supranacional y, en consecuencia, supraregional. Las competencias del estado español y de las CCAA tendrán que transferirse a Europa. Se trata de mantener un momio e ir contra la construcción de Europa, por mucha profesión de europeísmo que se haga en el Estatut; es decir, ir hacia la aldea y la parroquia; ahora bien, "aspirando" del "momio" europeo. Quizás algunos sigan aspirando al momio español del proteccionismo que también les ha ido durante lustros en detrimento de los demás.

Por otra parte, el desnudar a España conllevaría que, ante el vacío, pretendiesen promoverse como interlocutores ante Europa -"en relación bilateral", que bien suena el término- para ulteriores negociaciones, en la imbécil ingenuidad que Holanda, Italia, Polonia o Inglaterra iban a tragarse ese hueso

 

La financiación.

Se carga, simple y llanamente, la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y además se impone un sistema de cupo a todas luces anticonstitucional. Que cara se le quedó al  siempre sumiso Marcelí (Presidente de la CA de Aragón) que hasta osa protestar (información de las palabras de Marcelí), señalando que "cada uno de esos hechos diferenciales no deben producir ningún tipo de privilegios"; su cuerpo deportivo -no se olvide que es monitor de esquí- se verá satisfecho al no visitar la bodeguilla de Maragal en los próximos meses.

 

Mas información sobre los temas están en las referencias a disposición del lector en el siguiente enlace: Los artículos más conflictivos del nuevo Estatut o en los artículos de opinión referenciados más abajo.

 

Ya puede venir el País con su esquizofrénica, sectaria  y manipulada editorial: Ahora, el Congreso que las cosas son bastante más diferentes que su edulcorina y la sumisión al catalanismo para no molestarles; es decir el entreguismo; ¡Que mas da!, ellos tienen atado y bien atado el monopolio de una u otra forma, en la España entera o fraccionada.

 

Artículos de opinión:

 

Los responsables de haber llegada a tal situación son muchos: Desde unos representantes politicos manifiestamente incompetentes hasta unos complacientes columnistas y tertúlianos, pasando por unos poderes fáctico catalanes -denominados hoy, impropiamente, sociedad civil- que siempre se avienen a todo lo que mande el poder, sea cual sea este, en espera de que puntualmente llegue la subvención solicitada o el favor esperado [....]

 

Francesc de Carreras en:

Perdiendo el tiempo

 

 

 

Manuel Azaña le decía a Carlos Pi i Suñer, ante el temor de tener que abordar otra violencia provocada por la Generalitat, que «lo más discreto sería hacer responsables a los hombres y respetar la institución, al revés de lo que se hizo en el 34; pero es preciso reconocer que si llegase el caso, después de cuanto ha ocurrido en Barcelona, la institución sería difícilmente salvable». ¿Lo es ahora y en las circunstancias actuales?

 

Manuel Martín Ferrand en:

 Rebelión en Cataluña

 

 

 

..El presidente del Gobierno, Rodríguez Zapatero, sabe bien que tiene entre manos un Estatuto que deliberadamente rebasa no pocas veces el larguero de la constitucionalidad...

 

Valentín Puig en:

Libertades, identidad y "estatut"

 

 

 

Mientras más de seiscientos mil catalanes viven en la ignominia social en edificaciones no accesibles, Carod Rovira representa a otros tantos catalanes que consideran fundamental redactar un nuevo Estatuto y afirmarse como nación y que amenazan con una guerra civil si no se atiende a sus demandas. Se dirá que una cosa no excluye la otra, pero me atrevo a suponer que esos más de seiscientos mil motivos de vergüenza para Cataluña no suponen que la redacción de un Estatuto que afirme los derechos históricos del Principado sea aquello en lo que deba entretenerse la elite política

 

Fernando García de Cortázar  en:

Himnos tribales y silencios ciudadanos

 

 

 

... Para romper un Estatuto limitado y perfectible, proclamando el proceso constituyente al que asistimos, se tiene que recurrir a una nación imaginaria, como siempre hace el nacionalismo..

 

Ferrán Gallego en:

Una Cataluña imaginaria

 

 

 

"Este Golpe de Estado cuenta también, como el de entonces, con el respaldo del Rey, al que los socialistas echaron luego la culpa de la implantación de un régimen dictatorial del que ellos mismos se apresuraron a formar parte"

 

Federico Jiménez Losantos en:

El nuevo Golpe de Estado PSOE-ERC

 

 

 

"...pasamos de un Estado de las Autonomías a un Estado Confederal, que en palabras de Esquerra Republicana de Catalunya, y en la mente de muchos nacionalistas, no es más que la antesala de la plena independencia a la que aspiran"

 

Ignacio Cosidó en:

El triple desafío del Estatuto

 

 

 

En 1640 Cataluña, para no contribuir a la defensa del reino, se alió con Luis XIII de Francia, separándose de España durante 14 años. La experiencia fue desastrosa para los catalanes. La Cataluña de 2005 ya es «rica i plena», como se anhela en el himno. ¿Podría seguir siéndolo enfrentada a España?

 

Jorge Trías Sagnier en:

La hora de España

 

 

 

A lo que sí me referiré es al tema de la financiación y a la usurpación de impuestos que pretende hacer la Generalitat. Aquí sin duda radica el punto crucial, “la pela es la pela”. Maragall afirma que Cataluña ha agotado el margen de maniobra para poder ser generosa. Pero ¿quién le ha pedido a Cataluña que sea generosa? En un Estado moderno, y sobre todo social, no hablamos ni de generosidad ni de solidaridad, sino de justicia.

 

Juan Francisco Martín Seco en:

Estatuto, nacionalismo y neoliberalismo

 

 

 

... Los que se muevan por intereses inconfesables tampoco conseguirán convencernos de que lo que se presenta como una reforma de Estatuto no es, en realidad, una Constitución nueva y distinta, levantada sobre las ruinas de la Española de 1978...

¿Es que, acaso, mis tres hijas y nueve nietos que residen en Cataluña han de ser titulares de unos derechos que no tienen amparo jurídico para mis cuatro hijos y doce nietos de Madrid?

 

Manuel Jiménez de Parga en:

A la espera del mago del constitucionalismo

 

 

 

El ajuste formal a la Constitución, recortes mediante, a duras penas podrá lograr un auténtico encaje entre ambas normativas. Hay en el pasado suficientes ejemplos de destrucción de regímenes constitucionales sin molestarse en cambiar ni en sustituir las leyes fundamentales vigentes: casos de Italia años 20 y de Alemania 1933. Creo que fue Carod quien señaló muy pronto que lo importante era el Estatut, no reformar la Constitución.

 

Antonio Elorza en:

La nación de Maragall

 

 

 

El texto estatutario representa la voluntad de crear una organización política, sustentada sobre un poder soberano, sin necesidad de reconocimiento estatal, y blindado frente al Estado mediante una aparente relación de bilateralidad entre iguales, que no es tal en la medida en que la mayoría de las intromisiones de la Generalitat en las instituciones del Estado no tienen reciprocidad

 

Editorial de ABC

Estatut una "constitución" contra la Constitución

 

 

 

Lamentablemente en mi país la izquierda ha seguido otros derroteros. Tras su llegada al gobierno el pasado año se marcaron una línea en primer lugar destructiva. Fue el caso de la paralización de la reforma de la educación, de la anulación de un plan vital para España como era el Plan Hidrológico Nacional o de la retirada de las tropas de Irak. La siguiente fase fue más allá. Consistió en poner sobre la mesa proyectos divisivos. Se trataba de dibujar una franja lo más gruesa posible que separara lo supuestamente progresista de lo supuestamente anticuado. Daba igual que una mayoría social no compartiera esos proyectos divisivos

 

José María Aznar:

Gobernar para dividir

 

 

 

Sólo tienes que leerlo para darte cuenta de que el Gobierno de Cataluña está verdaderamente preocupado por el bienestar de su gente. Emplea la palabra «libertad» 13 veces, «lengua» 14 veces, «mujer» 16 veces, «solidaridad» 17 veces, «igualdad» 32 veces, «autonomía» 49 veces, «principios» 61 veces, «cultura» 63 veces, y «justicia» 69 veces. Después pasa a los temas realmente importantes. Usa la palabra «derechos» 114 veces, «ley» 211 veces y «competencias» 332 veces (de las cuales 105 son la frase «competencia exclusiva»

 

Henry Kamen en:

La diosa Clío y los enigmas del Estatut

 

 

 

El proyecto de Estatuto amenaza además la unidad del mercado español, al limitar la eficacia de normas básicas estatales y al atribuir a la Generalitat competencias de todo tipo con un detalle que, como bien ha señalado el vicepresidente Pedro Solbes, es más propio de un reglamento -ni siquiera una ley- que de un Estatuto. La Generalitat se arroga atribuciones en cuestiones de ámbito estatal.....

 

Editorial de Cinco Dias (grupo PRISA)

 

 

 

... Lo que importa a la ciudadanía son las mejoras en política educativa, sanitaria, de vivienda, etc. La clase política no debe auspiciar problemas que sólo a ellos interesan y, además, de muy complicado encauzamiento...

 

Pedro González-Trevijano:

La triste mirada de Cambó (A vueltas con el Estatut)

 

 

 

Junto a la cuestión fundamental de la constitucionalidad del nuevo Estatuto de Cataluña hay, según el autor, aspiraciones de autogobierno que no son menores. En su opinión, si éstas se aprueban como figuran en el texto actual, podrían ser fatales para el correcto funcionamiento de un Estado descentralizado como España y para la marcha de su economía

 

Carlos Solchaga (ex-ministro gobierno socialista de Felipe González):

La reforma del Estatuto de Cataluña

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