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EL ESTATUTO CATALAN, ARTICULO POR ARTICULO (XXI)

 

El Valle de Arán es una «realidad nacional» que probablemente deje de serlo.

 

 

24 de octubre de2005

 

El caso de Arán, cuya organización institucional queda regulada en el capítulo VII, reproduce a menor escala algunos de los defectos y riesgos del proceso de reforma estatutaria emprendido por la clase política catalana. El vigente Estatuto catalán se limita a establecer que la lengua aranesa debe ser objeto de «especial respeto y protección» (art. 3.4) y, en la disposición adicional primera, señala que «en el marco de la Constitución y del presente Estatuto serán reconocidas y actualizadas las peculiaridades históricas de la organización administrativa interna del Valle de Arán». Esas peculiaridades quedaron reguladas mediante una ley que establece un Régimen Especial para Arán. Lo define como «una entidad local territorial», con instituciones propias -el Conselh Generau, integrado por el Sindic y los consejeros generales-, y otorga al aranés categoría de lengua oficial en el territorio del Valle de Arán, junto con el catalán y el castellano. El nuevo Estatuto, que omite en este ámbito toda referencia a la Constitución, supone, por tanto, un avance, si bien parcial, hacia la satisfacción de las reivindicaciones aranesas. El preámbulo define a Arán como una «realidad nacional con entidad propia», mientras que el aranés pasa a ser oficial en todo el territorio de Cataluña. Sin embargo, en lo que se refiere a la organización institucional, el Estatuto no incluye las aspiraciones aranesas. Estas quedaron plasmadas el pasado febrero en un documento aprobado por el Conselh, que reclamaba un «pacto de libre unión» del Valle de Arán con Cataluña -reminiscente del acuerdo de libre adhesión solicitado por Ibarretxe-, y una demarcación electoral propia, con un diputado en el Parlamento y una interlocución directa con la Generalitat. Pero el texto aprobado mantiene a Arán como parte de una veguería -la del Alto Pirineo-, y sólo le otorga la facultad de «participar» en la elaboración de iniciativas legislativas -art. 94.4-, no de presentar las propias. Ahora bien, el mero reconocimiento de Arán como una «realidad nacional» tiene consecuencias serias de cara a los recortes que pretende introducir el Gobierno de Zapatero en el Estatuto. Si se sustituye el término nación por una fórmula alternativa, por ejemplo «realidad nacional» , Cataluña y el Valle de Arán serán lo mismo. Algo que los nacionalistas catalanes -para quienes funciona la regla de que el Valle de Arán es a Cataluña lo que Cataluña es a España- no estarán dispuestos a aceptar, lo cual les llevaría sin duda a propugnar a su vez una modificación a la baja del estatus de Arán. Es lo que tiene plantear reivindicaciones de máximos sin reparar en sus consecuencias ni en su viabilidad nacional»

 

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